La solvencia es el único requisito que puede dejar fuera a una empresa pequeña con capacidad real de ejecutar el contrato. Los demás —capacidad de obrar, no estar en prohibición de contratar— se cumplen o no se cumplen y rara vez son el problema.
La buena noticia es que la solvencia es más flexible de lo que parece cuando lees el pliego por primera vez.
Solvencia económica: qué se pide
Lo habitual es una de estas dos cosas, o ambas:
Volumen anual de negocio en el ámbito al que se refiere el contrato, referido al mejor ejercicio de los tres últimos disponibles. Ese matiz importa: no es la media de los tres, es el mejor. Y la ley limita la exigencia a una vez y media el valor estimado del contrato, así que en un contrato de 40.000 € no pueden pedirte 300.000 € de facturación.
Seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales, por un importe mínimo. Si no lo tienes contratado por el importe que exige el pliego, muchas aseguradoras emiten un certificado de compromiso de ampliación en 24 o 48 horas.
Si tu empresa tiene menos de tres años, se acredita con los ejercicios disponibles. No estás excluida por ser reciente.
Solvencia técnica: qué se pide
Aquí la exigencia típica es una relación de los principales trabajos, servicios o suministros similares ejecutados en los últimos tres años (cinco en obras), con importes, fechas y destinatarios.
Tres cosas que conviene tener claras:
La experiencia privada cuenta igual. No hay ninguna regla que limite la acreditación a trabajos ejecutados para el sector público. Si has hecho el mismo servicio para una empresa privada, sirve.
"Similar" se interpreta por el objeto, no por el cliente. Lo que se compara es la naturaleza de la prestación y, en su caso, el importe.
Los certificados de buena ejecución tardan. Cuando el pliego los exige, hay que pedírselos a los clientes con margen. Es la causa más tonta de no llegar a un plazo.
Además pueden pedirse titulaciones del equipo técnico, medios materiales adscritos, certificaciones de calidad o gestión ambiental, o plantilla media anual.
Si no llegas: dos vías perfectamente normales
Integración de solvencia con medios externos
Puedes apoyarte en la solvencia de otra entidad —una matriz, un colaborador habitual, un proveedor— con independencia del vínculo jurídico que tengáis. La condición es acreditar que vas a disponer realmente de esos medios durante toda la ejecución, normalmente con un compromiso firmado por ambas partes.
Es una figura infrautilizada. Muchas pymes se autoexcluyen de contratos que podrían ganar apoyándose en un colaborador con el que ya trabajan.
Unión temporal de empresas
Os presentáis dos o más empresas y las solvencias se acumulan. En el momento de licitar basta un compromiso de constitución con el porcentaje de participación de cada una; la UTE solo se formaliza si resultáis adjudicatarios.
La clasificación empresarial: cuándo entra en juego
Es obligatoria en un supuesto: contratos de obras con valor estimado igual o superior a 500.000 € (artículo 77.1.a LCSP). Sin ella, no puedes licitar esos contratos.
Por debajo de ese importe, y en contratos de servicios, es voluntaria y funciona como atajo: si estás clasificado en el grupo y subgrupo correspondiente con categoría suficiente, esa clasificación acredita tu solvencia sin necesidad de aportar nada más.
Un apunte reciente para empresas de obra: la Orden HAC/34/2026, en vigor desde abril de 2026, ha ampliado a diez años el periodo de experiencia acreditable en un conjunto de subgrupos de bajo volumen. Eso abre la clasificación a empresas cuya obra relevante quedaba fuera del plazo anterior.
Antes de descartar una licitación por solvencia
Léelo entero. Los errores de lectura más comunes:
Confundir el volumen de negocio total con el volumen "en el ámbito del contrato".
Leer "tres últimos ejercicios" como si hubiera que cumplirlo los tres.
Asumir que los trabajos previos deben ser públicos.
No ver que el pliego admite acreditación alternativa.
Y si el requisito es de verdad desproporcionado respecto al importe del contrato, no es solo injusto: es una cláusula recurrible.
